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Nueva Ley de Transparencia en Zacatecas entra en vigor

La nueva Ley de Transparencia obliga al gobernador de Zacatecas a designar titular en 15 días, tras la desaparición del instituto IZAI en junio pasado.

Se publicó en el periódico oficial la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información del estado de Zacatecas, cuatro meses después de que fuera aprobada en el Congreso local.

El nuevo marco normativo establece que Transparencia para el Pueblo de Zacatecas, órgano desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública (SFP), se encargará de resolver los medios de impugnación que se interpongan en contra de dependencias del Poder Ejecutivo, organismos descentralizados y ayuntamientos.

También se modificaron las leyes orgánicas del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas y del Centro de Conciliación Laboral, para que asuman su nuevo rol como garantes del acceso a la información de partidos políticos y sindicatos respectivamente.

Cabe recordar que en cumplimiento a la reforma en materia de simplificación orgánica, desde el 15 de junio se extinguió el Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IZAI).

Ante la publicación de la ley de transparencia, Norma Julieta del Río Venegas, excomisionada del INAI, expresó:

«Corre el tiempo para que se ponga en marcha Transparencia para el Pueblo de Zacatecas y se cumpla con la Ley General de Transparencia, con los recursos y demandas de la ciudadanía sobre acceso a la información ante negativas.» Norma Julieta del Río Venegas, excomisionada del INAI

Gobernador nombra a titular
Según el cuarto transitorio de la nueva Ley de Transparencia de Zacatecas, el titular de Transparencia para el Pueblo de Zacatecas será nombrado por el gobernador del estado en un plazo que no podrá exceder de 15 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del decreto, lapso que corre a partir de ayer jueves.

La Secretaría de la Función Pública realizará la transferencia de personal y de los recursos materiales necesarios para el funcionamiento de Transparencia para el Pueblo de Zacatecas, en un plazo máximo que no podrá exceder de 30 días hábiles.

En otro de los transitorios, los plazos y términos de recepción de juicios contenciosos, recursos y demás medios de impugnación presentados ante el IZAI, la SFP y demás autoridades garantes estarán suspendidos hasta 120 días posteriores a la entrada en vigor de la ley de transparencia.

Además, la Legislatura del Estado de Zacatecas tendrá un plazo improrrogable de 90 días naturales para actualizar y reformar las leyes que determinan atribuciones u obligaciones en materia de transparencia.